¿Tu casa nueva tiene fallas? Reclama por Vicios Ocultos con la Ley de Defensa al Consumidor

En PRY Asesores Legales sabemos que el sueño de la casa propia no puede convertirse en una pesadilla de grietas, humedad o cañerías rotas. Si compraste a una constructora o desarrolladora, no es un simple contrato entre iguales: es una relación de consumo.
Esto significa que estás protegido por la Ley 24.240 y el Código Civil y Comercial, obligando al constructor y a los comercializadores a responder de forma solidaria.
¿Qué hacer ante un vicio oculto?
Documentá todo de inmediato
Sacá fotos y videos en alta calidad de la falla (manchas de humedad, fisuras, fallas eléctricas). Lo mejor es hacerlo con un escribano y en forma conjunta con la prueba experta.
Prueba experta
Contratá a un arquitecto o ingeniero independiente para que realice un informe técnico básico. Es esencial establecer las causas de los daños.
Interrumpí la caducidad
No esperes a que “lo vengan a ver”. Enviá una Carta Documento redactada por profesionales para congelar los plazos legales.
Reclamá en forma solidaria
Podés demandar tanto a la constructora como a la inmobiliaria o comercializadora que te vendió el proyecto.
Lo que NO debés hacer
No aceptes reparaciones "parche"
Si la constructora ofrece arreglarlo, exigí un plan de obra por escrito y con garantía sobre ese arreglo.
No dejes pasar el tiempo
Tenés solo 60 días para informar del vicio tras su aparición. Luego tenés 3 años para iniciar una demanda.
No repares por tu cuenta sin previo aviso
Si arreglás el problema antes de que un perito lo vea o sin intimar legalmente, perdés la prueba principal del daño.
Test Rápido: ¿Tu caso está protegido por la Ley del Consumidor?
Respondé estas 3 preguntas para saber si podés exigir una reparación sin costo.
1. ¿A quién le compraste la propiedad?
2. ¿Qué tipo de problemas estás teniendo?
3. ¿La constructora se niega a arreglarlo de fondo o da vueltas?
¡Tenés un caso sólido! ⚖️
Por tus respuestas, tu reclamo encuadra perfectamente bajo la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240). La empresa constructora y la comercializadora son solidariamente responsables.
No dejes pasar más tiempo. Interrumpamos la prescripción hoy mismo.
Tu caso requiere un análisis detallado 🔍
Aunque tu situación podría no encuadrar de forma directa en consumo o requiere pasos previos (como intimar formalmente), el Código Civil y Comercial también te protege contra vicios ocultos.

