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¿Problemas con tu Astillero? Protegé tu inversión náutica

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Comprar o mandar a construir una embarcación de recreo (lancha, crucero o yate) es una inversión en calidad de vida. 

Sin embargo, en Argentina, el sector náutico está plagado de abusos: plazos de entrega que se extienden años, presupuestos que cambian en dólares unilateralmente, o embarcaciones entregadas con vicios ocultos graves. 

 

Si estás enfrentando esta situación, hay un error común que cometen muchos compradores: creer que es un simple conflicto civil o marítimo. Sos consumidor y podés reclamar con la protección legal de ese régimen.

Tu embarcación de recreo está protegida por la Ley 24.240

Si compraste la embarcación para disfrutarla con tu familia o amigos (uso recreativo/privado) y no para integrarla a una cadena de producción comercial, sos un consumidor final.

Esto cambia por completo las reglas del juego a tu favor. Las cláusulas abusivas que el astillero te hizo firmar en ese contrato pre-impreso de “locación de obra” o boleto de compra venta, son nulas de pleno derecho bajo la Ley de Defensa del Consumidor.

Los incumplimientos más comunes suelen ser:

  • 1. Retención indebida y demora abusiva: Prometen la entrega para la temporada de verano y pasan meses con excusas sobre “falta de insumos importados”, mientras retienen tus adelantos en dólares.

  • 2. Vicios ocultos y fallas estructurales (Art. 18): Filtraciones en el casco, motores mal asentados o instalaciones eléctricas con riesgo de incendio. El astillero es solidariamente responsable, incluso si tercerizó el motor.

  • 3. Quiebras fraudulentas o abandono de astillero: Cuando el titular de la náutica “desaparece” dejando los cascos a medio terminar en el galpón.

 

Qué podés exigir legalmente ante el incumplimiento:

Ante el incumplimiento del astillero, la ley argentina te otorga opciones irrevocables. No tenés que aceptar sus “tiempos” ni sus excusas. Podés exigir:

  1. Rescisión con devolución actualizada: Que te devuelvan el capital aportado (en la moneda de origen o actualizado al valor real de mercado), más los intereses correspondientes y los daños y perjuicios.

  2. Cumplimiento forzado: Intimación legal de cumplimiento más daños y perjuicios hasta la entrega de la embarcación.

  3. Cumplimiento por parte de un tercero

  4. Daño Punitivo: el Daño Punitivo (multa civil) eleva significativamente el monto de tu compensación.

Cómo actuar frente a un astillero que no cumple

Paso 1: Cortá la comunicación informal. Los mensajes de WhatsApp con el dueño del astillero no sirven legalmente.


Paso 2: Congelá los pagos (con asesoría). Si ellos incumplieron los plazos de avance de obra o entrega, podés aplicar la “excepción de incumplimiento” para dejar de pagar las cuotas restantes hasta que regularicen, pero debe hacerse mediante Carta Documento redactada por especialistas.


Paso 3: Documentá el estado actual. Si el casco está a medio terminar en el astillero, un acta notarial (con escribano y abogado) es vital para asegurar la prueba de lo que pagaste y lo que (no) hicieron.


Si se trata de una garantía incumplida o reparaciones insatisfactorias es urgente que te hagas de la documentación de revisión y que identifica las fallas para luego poder reclamar la entrega de una nueva unidad.

“No improvises con tu patrimonio. En nuestro estudio analizamos tu caso y trazamos la estrategia más agresiva y rápida para destrabar el conflicto.”