El Deber de Información: La Piedra Angular de la Defensa del Consumidor
¿El proveedor no te informó correctamente? El deber de información es la base de la Ley de Defensa del Consumidor

Por MARTÍN DARIO PETASNE
En la relación de consumo, existe una asimetría natural: el proveedor conoce el producto o servicio a la perfección, mientras que el consumidor muchas veces ignora detalles técnicos o legales. Para equilibrar esta balanza, la ley establece una obligación fundamental: el deber de información.
Como especialista en Derecho del Consumidor, analizo por qué este principio no es solo un trámite burocrático, sino la base de todo el sistema de protección legal en Argentina.
¿Qué dice la Ley sobre el Deber de Información?
El Artículo 42 de la Constitución Nacional y el Artículo 4 de la Ley de Defensa del Consumidor (24.240) son claros. El proveedor está obligado a suministrar información al consumidor en forma:
Cierta: Sin dudas ni ambigüedades.
Clara: Comprensible para una persona promedio, sin tecnicismos excesivos.
Detallada: Cubriendo todas las características esenciales del bien o servicio.
Gratuita: No se puede cobrar por explicar qué se está vendiendo.
La información debe ser entregada en soporte físico o digital que permita su lectura y conservación. La “letra chica” ilegible o los contratos verbales sin respaldo suelen violar este artículo.
¿Cuándo se vulnera este derecho?
El incumplimiento del deber de información es la causa raíz de la mayoría de los conflictos de consumo. Algunos ejemplos comunes que vemos en el estudio incluyen:
Planes de Ahorro: Cuando no se explican las variaciones de las cuotas o los gastos administrativos reales o condiciones de entregas y adjudicaciones.
Servicios Financieros: Ocultamiento de tasas de interés o costos de mantenimiento.
Compras Online: Falta de especificación sobre plazos de entrega o políticas de devolución.
Salud y Seguridad: No advertir sobre los riesgos o peligros del uso de un producto (Art. 5 y 6 de la Ley 24.240).
La Consecuencia Legal: Vicios del Consentimiento
Si un consumidor contrata un servicio o compra un producto sin tener la información completa, su consentimiento está viciado. Jurídicamente, esto significa que la aceptación no fue libre porque faltaban datos esenciales.
Esto habilita al consumidor a:
Pedir la nulidad del contrato o de las cláusulas abusivas.
Exigir el cumplimiento forzado de la oferta.
Reclamar daños y perjuicios (incluyendo Daño Punitivo si hubo dolo o culpa grave del proveedor).
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Qué pasa si el vendedor omitió información importante? Si el proveedor omitió datos relevantes que hubieran cambiado tu decisión de compra, está incumpliendo la Ley 24.240. Podés reclamar una compensación o la anulación de la compra.
¿El deber de información aplica antes o después de la compra? Aplica en todas las etapas: pre-contractual (publicidad y tratativas), contractual (durante la firma) y post-contractual (servicio técnico y garantías).
¿Es necesario un abogado para reclamar por falta de información? Si bien se puede iniciar un reclamo en sede administrativa, personalmente o en forma on line, contar con asesoramiento letrado asegura que se identifiquen todas las infracciones legales y se calcule correctamente la indemnización por los daños sufridos.
¿Tuviste un problema por falta de información clara?
Nos especializamos en equilibrar la balanza a favor del consumidor. Analizamos tu caso a la luz de la normativa vigente para defender tus derechos.
