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Sucesiones en Argentina: Guía Completa y Preguntas Frecuentes

1. ¿Cómo se inicia una sucesión en Argentina?

Para iniciar el trámite, es necesario presentar la demanda ante el juez civil que corresponda al último domicilio real del fallecido. El proceso se divide en etapas:

  • Inicio: Presentación de documentación y partida de defunción.

  • Edictos: Publicación legal para citar a acreedores y otros herederos.

  • Declaratoria de Herederos: El juez dicta sentencia reconociendo quiénes son los herederos legales.

  • Inscripción y reparto: Se inscriben los bienes a nombre de los herederos y se reparten los que no necesitan inscripción en registros.

2. ¿Qué documentos necesito para empezar?

Para poder abrir el expediente, vas a necesitar:


  • Partida de defunción original.

  • Partidas de nacimiento (para acreditar el vínculo de los hijos).

  • Partida de matrimonio (si el fallecido estaba casado).

  • Títulos de propiedad (escrituras de inmuebles, cédulas de autos, etc.).

3. ¿Cuánto cuesta una sucesión en Argentina en 2026?

Esta es la duda más frecuente. Los costos se dividen en:

  • Tasa de Justicia: En CABA es el 1,5% y en Provincia de Buenos Aires el 2,2% sobre el valor fiscal de los bienes.

  • Honorarios profesionales: Según la ley de honorarios, suelen rondar entre el 6% y el 15% del valor real del patrimonio, dependiendo de la complejidad y el acuerdo con el abogado.

  • Gastos operativos: Edictos, informes de dominio e inhibición, y aportes previsionales.

Para tener más información sobre esto podés entrar a nuestra página Sucesiones-CABA- Honorario-Minimo-Legal- Garantizado – pryasesoreslegales.com
 

4. ¿Cuánto tiempo demora el trámite?

Si hay acuerdo entre los herederos (sucesión ab-intestato), una declaratoria de herederos puede obtenerse en 3 a 6 meses. La inscripción final de los bienes depende de la agilidad de los registros (Inmueble o Automotor).

En Argentina, la mayoría de las sucesiones son Ab Intestado, es decir, sin testamento. La ley establece que los herederos forzosos (hijos, cónyuge y padres) reciben la herencia automáticamente por el orden sucesorio, protegiendo su porción “legítima”.

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